Si procede añadir una subdivisión geográfica, deberemos colocarla siempre detrás de la subdivisión Derecho y delante de los restantes términos de la subdivisión Legislación - Códigos.
Para las distintas ramas del derecho (Derecho civil, Derecho mercantil, Derecho público, etc.) y para algunos encabezamientos con carácter jurídico como Contratos, Función pública, Hipotecas, Procedimiento civil, Procedimiento penal, et. sólo emplearemos la subdivisión Legislación - Códigos
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