{"tema_id":"5168","string":"Derecho - Legislaci\u00f3n - C\u00f3digos","created":"2012-02-28 09:51:22","code":null,"modified":"2012-03-15 13:04:49","notes":[{"@type":"Nota de alcance","@lang":"es","@value":"Emplear como subdivisi\u00f3n de forma bajo temas diversos para los c\u00f3digos tradicionales (c\u00f3digos civil, penal, de procedimiento), as\u00ed como para las codificaciones administrativas publicadas por diferentes organismos gubernamentales, p. ej.: Familia - Derecho - Legislaci\u00f3n - C\u00f3digos; Trabajo - Derecho - Legislaci\u00f3n - C\u00f3digos.\nSi procede a\u00f1adir una subdivisi\u00f3n geogr\u00e1fica, deberemos colocarla siempre detr\u00e1s de la subdivisi\u00f3n Derecho y delante de los restantes t\u00e9rminos de la subdivisi\u00f3n Legislaci\u00f3n - C\u00f3digos.\nPara las distintas ramas del derecho (Derecho civil, Derecho mercantil, Derecho p\u00fablico, etc.) y para algunos encabezamientos con car\u00e1cter jur\u00eddico como Contratos, Funci\u00f3n p\u00fablica, Hipotecas, Procedimiento civil, Procedimiento penal, et. s\u00f3lo emplearemos la subdivisi\u00f3n Legislaci\u00f3n - C\u00f3digos "}]}